MEDIDAS LEGALES DE PROTECCIÓN AL EJERCICIO PROFESIONAL
El Consejo Directivo en virtud de lo establecido en la Ley N° 15.465, Ley N° 26.529 y el DNU 260/2020 resuelve:
Incorporar como complemento de la Historia Clínica y Consentimientos informados, adquiriendo el carácter de documento legal y mientras dure la emergencia sanitaria proclamada en el DNU ANTES MENCIONADO, la siguiente nómina de preguntas de manera OBLIGATORIA en la atención de pacientes tanto para urgencias como para tratamientos de rutina.
La obligatoriedad obedece a reglar el ejercicio profesional en tiempo de emergencia sanitaria, y respetar lo establecido en las leyes antes mencionadas.
Contribuye a detección de casos sospechosos y posterior notificación de estos al sistema de vigilancia nacional y/o provincial según corresponda.
Contribuye a la protección personal y del paciente, en el aspecto epidemiológico y legal.